Talcahuano, 13 de junio de 2023
COMUNICADO RECTORIA
REF: ACTUAL SITUACIÓN DE SALUD QUE AFECTA A LOS ESTUDIANTES MENORES DE EDAD DE NUESTRA REGION
Vistos:
Del Reglamento de Evaluación, según Asistencia a clases se indica lo siguiente.
PARRAFO III Calificaciones en su Artículo 10 letra a) y d) respectivamente en referencia a la inasistencia a las Evaluaciones
- Toda inasistencia a evaluaciones, deberán ser justificadas. Solo se entenderá justificada la inasistencia a una evaluación, si presenta en Inspectoría el certificado médico como máximo al día siguiente que se reintegra a clases o si el apoderado justifica personalmente el día correspondiente a la evaluación o cuando el alumno se reintegra a clases. De ser justificada la inasistencia en forma oportuna el alumno será calificado con un nivel de exigencia de un 60 %.
- En casos calificados de inasistencia prolongada (más de dos semanas) el profesor jefe, conjuntamente con la coordinación académica, levantan una calendarización especial de evaluación para el alumno/a afectada. Este calendario será firmado por el apoderado y el alumno, si al alumno falta a alguna evaluación se aplicará el criterio de evaluaciones pendientes.
PARRAFO IV: De la Promoción, en su Artículo N° 15 Numero 2. Indica:
En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.
Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes.
El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida.
Considerando estos dos puntos señalados precedentemente, y en atención al comunicado del Colegio Médico de Chile que solicita en Oficio 441 del presente año, al Ministro de Educación Sr, Marco Antonio Ávila Lavanai, que se instruya a “las /los Directores y Directores de Establecimientos Educacionales para obtenerse de solicitar certificados médicos, durante los meses que dure el inviernos e informar a los padres y apoderados y cuidadores de escolares que se abstengan de asistir a los servicios de urgencia si el estado de salud de sus niños y niñas no lo requiere”.
De acuerdo a lo anterior, el Ministro del Educación, responde “dada la naturaleza de la materia consultada y de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Educación respecto a la Autonomía de los Establecimientos los cuales debe regular estos asuntos en sus reglamentos, esta cartera recomienda flexibilizar la exigencia de certificados médicos frente a la ausencia escolar, teniendo en consideración la actual situación sanitaria y el colapso de los servicios de urgencia y la red de salud en general”
Por todo lo expuesto:
Se comunica a toda la comunidad escolar del Colegio Etchegoyen-Talcahuano , Casa Central y Sede Brisa del Sol, que considerando las atribuciones que la Ley General de Educación confiere: Se otorga la flexibilidad de asistencia a clases a las y los Estudiantes sin presentar certificados médicos que avalen su ausencia en estos meses de invierno, todo ello producto de la actual situación de contagios de los virus estacionales que estamos atravesando, considerando para ello, según las circunstancias, su situación evaluativa pendiente para estas y estos estudiantes en el presente semestre
Comuníquese a todos los Profesores jefes y Docentes de Asignatura, estudiantes y apoderados(as) de esta Comunidad Escolar, la siguiente resolución.
José Contreras Minte.
Rector Colegio Etchegoyen-Talcahuano

